Programa «Bono de Empleo Joven»

Programa «Bono de Empleo Joven»

Se ha abierto el plazo para solicitar el BONO JOVEN, una nueva ayuda con la que los jóvenes de 18 a 35 años podrán beneficiarse de un contrato laboral para 12 meses cobrando 400€/mes. Teneis hasta el 30 de Junio para solicitarlo de forma telemática en la oficina virtual del SAE.
Requisitos:
Estar en posesión de alguno de estos títulos


El colectivo de personas con discapacidad con un porcentaje del 33% es prioritario, por lo que os animo a solicitarlo, puede ser muy motivador para los chicos/as más jóvenes.

Podéis obtener más información en: http://www.juntadeandalucia.es/servicios/ayudas/detalle/76931.html

A continuación copiamos un resumen en el que se explica con más detalles:

PROGRAMA BONO DE EMPLEO JOVEN
¿Qué es el Bono de Empleo Joven?
Se trata de una medida de carácter económico destinada a favorecer la contratación de una persona joven, con edad comprendida entre los 18 y 35 años, que esté en posesión de un título universitario o de formación profesional, de grado medio o superior, o que haya obtenido el Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, a través del Programa de Segunda Oportunidad Educativa y que acceda a un contrato de trabajo con las condiciones del Bono.
¿Cómo funciona el Bono de Empleo Joven?
La persona candidata al Bono de Empleo Joven debe presentar la solicitud dirigida a la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo para acceder al Programa. Una vez que se le reconozca la titularidad del Bono y en el momento que formalice un contrato laboral, a jornada completa y por un periodo mínimo de 12 meses, el Bono se hará efectivo a la empresa o entidad empleadora.
¿A cuánto asciende la subvención?
El importe destinado es de un máximo de 4,800 euros para un contrato de 12 meses.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona física que cumpla lo siguientes requisitos, en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes:

  • tener la vecindad administrativa (estar empadronado) en alguno de los municipios de Andalucía
  • tener una edad comprendida entre 18 y 35 años, ambos inclusive
  • no estar inscrito en situación de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • tener alguna de las siguientes titulaciones, obtenida dentro de los tres años anteriores:
    • Grupo 1: Título universitario oficial (Licenciatura, Diplomatura o Grado asimilable) o título superior equivalente de enseñanzas artísticas superiores.
    • Grupo 2: Título de técnico o técnico superior de Formación Profesional, título de técnico o técnico superior en artes plásticas y diseño o enseñanzas deportivas.
    • Grupo 3: Título de Graduado en ESO procedente del Programa de Segunda Oportunidad Educativa.
      Fechas a tener en cuenta en la tramitación del Bono de Empleo Joven
      1 de Junio
      30 de Junio
      30 de septiembre
      20 de noviembre
      Se abre el plazo para solicitar el Bono de Empleo Joven
      Se cierra el plazo para solicitar el Bono de Empleo Joven
      Finaliza el plazo para resolver las solicitudes
      Fecha límite para formalizar los contratos
      ¿Cómo lo solicito?
      Preferentemente, la solicitud se presentará por vía telemática a través de
      O bien, de forma presencial descargando y cumplimentando los Formularios I y III del Anexo III, que puedes entregar en:
      ¿Qué documentación debo presentar?
      En el momento de la solicitud sólo se deben entregar los Formularios I y III del Anexo III, donde se indica la titulación, la fecha de finalización de los estudios y la nota media del expediente, y, en su caso, la pertenencia a alguno de los colectivos preferentes. En este momento de la tramitación, no es necesaria la presentación de documentación acreditativa.
      Una vez dictada la Resolución Provisional y mediante el Formulario II del Anexo III, las personas que figuren en dicha Resolución Provisional, deben aportar los originales, copias auténticas o autenticadas, de la siguiente documentación:
      a. Certificado del expediente académico, que acredite las asignaturas superadas, el año de finalización de los estudios y la nota media alcanzada
      b. En caso de pertenecer a alguno de los siguientes
      colectivos considerados preferentes, debes presentar certificado acreditativo:
      • Persona con una discapacidad en grado igual o superior al 33%
      • Persona joven que se incorpore al mercado de trabajo procedente de instituciones de protección y reforma
      • Persona víctima de violencia de género
      • Persona víctima de actos terroristas y/o sus familiares en primer grado de consanguinidad o afinidad.
      • Tener cargas familiares.
      ¿Cuánto tiempo tardará en resolverse?
      La Administración deberá resolver la convocatoria en los tres meses siguientes a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

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